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viernes, 24 de marzo de 2017

Juez niega prisión domiciliaria al condenado empresario Adriano Román

SANTIAGO. El juez de la Ejecución de la Pena del distrito judicial de esta ciudad, Rubén Darío Cruz Uceta, rechazó esta tarde la solicitud de prisión domiciliaria del empresario y recluso Adriano Román Román, condenado a 20 años de prisión por atentar contra la vida de su ex esposa, Miguelina Llaverías.
Asimismo, el magistrado Cruz Uceta ordenó que el presidiario sea retornado al Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey-Hombes en un plazo de tres días laborables, tan pronto sea habilitada el área médico de ese recinto penitenciario.
La barra de la defensa de Román justificó la solicitud de prisión domiciliaria alegando que éste padece de problemas cardíacos, retención de líquido y que ya tiene 80 años de edad.
El juez Uceta dijo en su sentencia que al imputado le fueron hechos los chequeos médicos generales correspondientes y que se estableció que no tenía una enfermedad terminal, un hecho que lo obliga a seguir cumpliendo su pena en el referido recinto carcelario, donde está encerrado desde el 2007.
Desde hace varios meses, Adriano Román se encuentra interno en una clínica privada de aquí, donde recientemente contrajo nupcias con la señora Primavera Guzmán, su secretaria particular por varias décadas.
Redhamés Acebedo, hablando en nombre de la barra de la agraviada, declaró que el juez actuó de acuerdo a lo esperado por su colega, Jordy Veras, y su cliente, Miguelina Llaverías.
Tras la lectura del fallo, la barra de la defensa de Adriano Román informó que apelará la decisión del magistrado Cruz Uceta y llevarán el caso a la Corte de Apelación de este distrito judicial.
El empresario Román también tiene otro caso pendiente en la justicia referente al intento de asesinato del abogado de Miguelina Llaverías, Jordi Veras, ocurrido el 2 de junio del 2010 en esta ciudad.
Por el mismo también la justicia lo condenó a otros 20 años de prisión conjuntamente con los sicarios contratados para eliminar físicamente a Veras, lo cual fue ratificado por varias instancias judiciales de aquí.

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